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La privacidad en los centros educativos

Actualizado: 18 ene 2023

¿Qué es la privacidad de datos?

Primero, debemos recalcar que la privacidad de datos significa la capacidad de una persona para determinar cuándo, cómo y hasta qué punto se comparte o se comunica a otros su información personal. Estas no solo aparecen en las escuelas, sino también en las redes sociales y diversas plataformas.


La normativa de protección de datos para centros educativos la encontramos en:


¿Qué definir como datos privados?
  • Datos de carácter personal: toda información sobre una persona física identificada o identificable. Por ejemplo, un nombre, un número de identificación, datos de localización, etc.

  • Categorías especiales de datos:

- Revelen ideología, afiliación sindical, religión y creencias.

- Hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual.

- Infracciones penales o administrativas.

- Datos sobre características genéticas heredadas y propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad y que son medibles.


¿Quién es el responsable de la protección de datos?

El responsable de proteger dichos datos es La Consejería de la Comunidad Autónoma competente en materia educativa, la cual tendrá la función de informar, asesorar y supervisar el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos. Dichos datos no podrán ser comunicados o utilizados sin el consentimiento del usuario, esto aplica a traslados escolares, transferencia internacionales.


¿Qué datos trata el centro educativo?
  • Datos identificatorios: nombre, una fotografía, el DNI o la dirección.

  • Características o condiciones personales del menor: Datos sensibles por motivo de la función del centro como alergias alimentarias, trastornos que afecten a su formación, problemas médicos que requieran de atención,

  • Datos de características personales: la nacionalidad o el sexo.

  • Datos acerca de circunstancias sociales: la situación familiar, los datos familiares.

  • Desarrollo y resultados de su escolarización: Académicos, sobre las notas y asignaturas elegidas.

  • Datos económicos-financieros: siempre y cuando estén ajustados a la finalidad del centro y no se podrá acceder a ellos, hasta que el alumno sea admitido.

Sin embargo, la gran mayoría de esta información debe ser confidencial y no publicarse a excepción de listas de admisión, notas de los estudiantes a los padres y a estos mismos y videos o imágenes con consentimientos de los tutores del menor o sin esta en caso de que sean para fines de trabajos o evaluaciones (accesible solo a los propios alumnos, sus padres o tutores legales)


Los centros pueden proporcionar datos personales de estudiantes o familias sin aviso en situaciones de emergencia sanitaria o en casos relacionados con los Servicios Sociales exclusivamente, y como se indica en la Agencia Española de Protección de Datos de 2018.


Las familias están contribuyendo a divulgar información privada de los niños/as

Actualmente, los estudiantes son conocedores de los riesgos que existen al comunicar datos personales en redes o en persona, especialmente a desconocidos, aunque a veces se dejen llevar por a confianza del momento. Sin embargo, muchos familiares están siendo partícipes de divulgar dicha información en las redes; publicando fotos de las distintas etapas de crecimiento, publicando sus notas, fotografías de calles conocidas o parques donde juegan, anécdotas de ellos o sus problemas durante su desarrollo o aprendizaje como forma anecdótica. Como familiares, los niños/as son personas como cualquier adulto y no debería publicarse ningún tipo de información o fotografía (sin ser necesario) sin el consentimiento de este en una etapa de razonamiento y decisión propia (14 años).


Los datos personales, especialmente los identificatorios o económicos, no deben publicarse o comentarse a la ligera indiferentemente de la situación en la que se esté. Tanto adultos como jóvenes deben depositar su granito de arena en entender esta situación, la gravedad que presenta y como evitar posibles problemas de robo de identidad, chantaje, acojo o secuestro. Por ello, es necesario realizar en los centros charlas o talleres sobre sus derechos humanos y de privacidad de datos tanto a adultos como a jóvenes.


Bibliografía:

Protección de datos en centros educativos. (2021). Ayuda Ley Protección Datos. Recuperado de: https://ayudaleyprotecciondatos.es/centros-educativos/


Docentes y su importancia para la protección de datos y la privacidad. (2021). AEPD. Recuperado de: https://www.aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/blog/docentes-y-suimportancia-para-la-proteccion-de-datos-y-la-privacidad



PowerData (2022). Data Privacy: Definición, conceptos clave y su importancia con las nuevas tendencias en datos. Recuperado de: https://www.powerdata.es/concepto-clave-data-privacy


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